Jan31

Aproximación a una definición del delito de Lavado de Dinero

Aproximación a una definición del delito de Lavado de Dinero

El fenómeno del lavado de dinero ha alcanzado en la actualidad proporciones alarmantes producto, principalmente, al aumento de las actividades delictivas del crimen organizado, quienes generan cuantiosas sumas. De acuerdo con un reporte de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) se estimó que generaban 870 miles de millones por año, lo que equivale al 1,5% del PIB mundial, a su vez calcula la ONU que el lavado de dinero en el mundo podría representar del 2 al 5% del Producto Interno Bruto global, aproximadamente 1,6 billones USD a 4 billones USD, anualmente, cifras estimadas que varían según la institución que las emita. Ahora bien, de la gran parte de estos cuantiosos beneficios que se generan, el crimen organizado aspira a reintroducirlos al sistema económico-financiero ocultando su procedencia y dotándolos de una legalidad aparente, a este fenómeno multifásico se le denomina lavado de dinero. De acuerdo con el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), organización regional tipo GAFI, el lavado de dinero es el “proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales o criminales (por ej. Narcotráfico o estupefacientes, contrabando de armas, corrupción, desfalco, crímenes de guante blanco, extorsión, secuestro, piratería, etc.). El objetivo de la operación, que generalmente se realiza en varios niveles, consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema en el sistema financiero.” Con magistral simplicidad BLANCO CORDERO define este comportamiento como “el proceso a través del cual bienes de origen delictivo se integran en el sistema económico legal con apariencia de haber sido obtenidos de forma lícita”. Por otra parte, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga (UNODC), conceptualiza el blanqueo de dinero en sus fases como un “proceso dinámico en tres fases que requiere: en primer lugar, alejar los fondos de toda asociación directa con el delito; en segundo lugar, disfrazar o eliminar todo rastro; y, en tercer lugar, devolver el dinero al delincuente una vez ocultados su origen geográfico y ocupacional”.

De las anteriores definiciones extraemos cuatro elementos fundamentales para los estudiosos del tipo delictivo:

La existencia de un delito previo, generalmente cometido en ocasión de la delincuencia organizada;

este delito generó una ganancia, entendida como dinero, bienes, acciones, etc., en definitivas aquella cosa que pueda tener, el denominado por Adam Smith, valor de cambio;

se pretende dar apariencia de licitud a esa ganancia proveniente del delito para su uso en el sistema económico-financiero;

y, por último, esa apariencia de licitud se logra a partir de un complejo proceso dividido en tres fases o etapas (colocación, integración y estratificación).

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